Oficio.
Tras el ataque de la raza privateer a la nación
rebelde el tribunal de asuntos internacionales
presidido por el juez Melchor Garzón, ha investigado
los datos y las pruebas y ha llegado a las siguientes
conclusiones:
- El ataque supone una violación flagrante de las
leyes internacionales. Al no haber declarado
formalmente la guerra la nación pirata a la nación
rebelde ni haber atacado la segunda a la primera,
queda probado que no existe situación de guerra
previa. Así mismo la posible argumentación de Casus
Belli por parte de la nación pirata no ha lugar, con
lo cual:
>-se incumple la ley 3.28-15 del tratado de Gorn, por
la cual ninguna raza podrá utilizar dispositivos de
ocultación en naves en espacios aéreos extranjeros sin
la debida autorización de la nación propietaria del
espacio aéreo en cuestión. Por tanto la nación pirata
comete un delito de espionaje.
>-se incumple la ley 4.25-122 en sus puntos b, c y d
al haberse sustraido bienes muebles e inmuebles que le
pertenecen a la nación rebelde con lo que la nación
privateer comete un delito de robo con violencia.
>-Durante el robo anterior se produjo el asesinato de
ciudadanos rebeldes, civiles y militares, con lo que
se incumple la ley 4.26-1 en todos sus puntos por lo
que la nación pirata incurre también en un delito de
asesinato en 1er grado con premeditación y alevosía.
>- Ha interferido en una investigación de la nación
colona amparada por las leyes 7.28-1 y 7.28-2.
El alto tribunal condena al gobierno de los privateer
por todos los cargos anteriores y le obliga a:
>-La devolución de los bienes sustraídos y someterlos
a un peritaje para estimar los daños ocasionados.
>-Compensar a la nación rebelde por daños y perjuicios
estimados en 5 meteors con heavy phasers y mark 8
cargadas de fuel y torpedos.
>-Una pena de prisión incondicional de cadena perpetua
para el gobierno en pleno.
Ante esta sentencia se podrá imponer recurso ante el
tribunal supremo de las colonias presidido por el juez
Grande-Marlasquín antes de 15 días.
El juez, presidente del tribunal,
Fdo. Melchor Garzón